Fuente: www.ips.gob.cl 25 junio 2025
Cabe señalar que esta
cotización será la primera de una serie de incrementos que, gradualmente,
llevarán la cotización del empleador hasta un 8,5% del sueldo imponible en el
año 2033, y que se inicia con el 1% mencionado.
De este último porcentaje, un 0,1 % se incorporará
directamente a las cuentas individuales para incrementar el ahorro previsional
de los trabajadores y trabajadoras que cotizan en AFP; mientras que el 0,9
% restante se integrará al Seguro Social Previsional, para financiar la
Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto ayudará a corregir
la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que en la práctica se
traducirá en pensiones más equitativas.
A partir de agosto de 2026,
se incorporará el pago correspondiente a la Cotización con Rentabilidad
Protegida, que además permitirá financiar inicialmente el Beneficio por Años
Cotizados. Asimismo, la cotización que hoy pagan los empleadores por concepto
del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro
Social, consolidándose así todos los aportes de cargo del empleador.
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