Empleadores de trabajadores de casa particular deben aportar un 1% de cotización adicional desde agosto de 2025

Fuente: www.ips.gob.cl 25 junio 2025

De acuerdo a la Reforma de Pensiones, aprobada recientemente en nuestro país, cada empleador deberá cotizar un 1% adicional de la remuneración imponible de cada trabajador, se incluyen aquí las trabajadoras de casa particular. Esta cotización adicional, que comenzará a partir de agosto de 2025, no alterará las remuneraciones líquidas de las personas contratadas.

Cabe señalar que esta cotización será la primera de una serie de incrementos que, gradualmente, llevarán la cotización del empleador hasta un 8,5% del sueldo imponible en el año 2033, y que se inicia con el 1% mencionado.  De este último porcentaje, un 0,1 % se incorporará directamente a las cuentas individuales para incrementar el ahorro previsional de los trabajadores y trabajadoras que cotizan en AFP; mientras que el 0,9 % restante se integrará al Seguro Social Previsional, para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto ayudará a corregir la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que en la práctica se traducirá en pensiones más equitativas.

A partir de agosto de 2026, se incorporará el pago correspondiente a la Cotización con Rentabilidad Protegida, que además permitirá financiar inicialmente el Beneficio por Años Cotizados. Asimismo, la cotización que hoy pagan los empleadores por concepto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro Social, consolidándose así todos los aportes de cargo del empleador.

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